Ahora el uso, venta y fabricación de fuegos artificiales es un delito, debido a la modificación a la ley de armas Nº 17.798. El texto publicado el miércoles 3 de febrero en el Diario Oficial, incluye penalizaciones mayores en caso de que, al infringir la normativa, se perturbe gravemente la tranquilidad pública o se infunda temor en la población, lo que da respuesta a una de las mayores criticas de los chilenos el último tiempo debido a los "funerales narcos".
La ley fue promulgada la semana pasada por el presidente Sebastián Piñera, en compañía de los ministros Rodrigo Delgado del Interior y Hernán Larraín de Justicia, y se suma a otras iniciativas impulsadas por el Gobierno para resguardar el orden público y combatir la delincuencia. "Debemos combatir con toda la fuerza del mundo y el rigor de la ley la cultura de la droga, la violencia, los vicios y el terror que grupos de crimen organizado intentan sembrar e implantar en nuestro país", señaló el mandatario.
La sanción menor contemplada en la ley incluye una multa de 5 a 20 UTM y penas de cárcel entre 61 y 540 días por posesión o tenencia de fuegos artificiales, entre 541 días a 3 años de cárcel, y multa de 10 a 20 UTM por fabricación o venta, y 61 días a 3 años de cárcel, y multa de 10 a 20 UTM por "disparar" fuegos artificiales, las que podrían aumentar si existen acusaciones de perturbación a la tranquilidad pública.