En condiciones de pasar al Senado a su segundo trámite legislativo quedó el proyecto de Ley que entrega mayores atribuciones a los afiliados de las isapres en el uso de sus excedentes, luego que la Sala de la Cámara aprobara la iniciativa por la unanimidad de 144 votos a favor.La iniciativa modifica el DFL N°1, de 2005, del Ministerio de Salud, en materia de consulta, administración y uso, por parte del afiliado, de los excedentes de cotización en isapres, esto tras lo ocurrido con Isapre MasVida y el proceso de auditoría efectuado a esta entidad en el que se constató que no existe una clara aplicación de los excedentes por parte del sector y que los usuarios que tienen excedentes no los pueden asignar libremente dentro del listado que contempla el artículo 188 de la ley de Isapres.
“Este tema es relevante porque en Chile existen 1 millón de usuarios que están asegurados por las Isapres que generan excesos en sus cotizaciones y que deben usar en diferentes prestaciones de salud. Son más de 100 mil millones de pesos que se han acumulado hasta el primer trimestre de este 2018 en excedentes de cotizaciones, es por eso que esta iniciativa busca que cada institución de salud deberá habilitar un sistema en línea que permita a los afiliados verificar sus excedentes y determinar su uso como el destino libremente entre todas las alternativas descritas en la ley”, explicó el Diputado Patricio Rosas.
El legislador por Los Ríos señaló que cada afiliado siempre podrá optar libremente por el prestador en el cual hacer uso de sus excedentes, sin que la isapre limite o restringa tal opción. “Este proyecto de ley le devuelve la propiedad a los cotizantes de la totalidad de los excedentes donde había una especie de letra chica que hasta ahora hacía que los afiliados se rigieran a una red cerrada de prestadores para poder hacer uso de sus dineros, sin muchas opciones”, subrayo el médico y legislador.
SISTEMA EN LINEA
Los prestadores tendrán derecho a recibir en línea el pago de estas prestaciones, con cargo al saldo disponible que cada afiliado posea en su cuenta individual de excedentes. Finalmente, se indica que las isapres que no tengan establecido un sistema en línea para el uso de excedentes de sus afiliados y/o teniéndolo, este sea restringido para ciertos prestadores, deberán ajustarse a la norma, dentro del plazo de seis meses desde la entrada en vigencia de esta ley.