El Tribunal Constitucional resolvió derogar dos artículos de la “Ley Pascua” norma local de Rapa Nui, en la que se rebajan las penas a condenados por violación o abuso sexual. “La declaración de inconstitucionalidad de las normas aludidas significa que estas se entenderán derogadas desde la publicación en el Diario Oficial”, explicó.
En la resolución se informó que luego de 6 décadas y con una población de más de 5 mil habitantes, estas normas son “atentatorias contra los derechos humanos de cientos de mujeres víctimas de violencia del territorio”, comentó la entidad. Dicha Ley se encuentra vigente desde 1966 y son los apartados 13 y 14 los que se encuentran en la discusión.
La primera norma rebaja en un grado las penas por crímenes y delitos en contra del orden la familia, moralidad pública e integridad social, esto siempre y cuando hayan sido cometidos en el territorio y sus autores sean parte de la isla. La segunda norma da facultades al juez a beneficiar al condenado por cualquier delito que merezca reclusión a que cumpla hasta los dos tercios de su condena fuera de la cárcel, en algunos casos permite hasta la liberación inmediata.