El ministro de Justicia y Derechos Humanos, Luis Cordero, aseguró que parte del proyecto de Ley Naín-Retamal tiene "condiciones de riesgo" para la ciudadanía, como por ejemplo la "legítima defensa privilegiada".
En este contexto, el titular de Justicia defendió las indicaciones al proyecto de Ley Naín-Retamal que presentó La Moneda para que se discutan en la Sala del Senado, donde postulan que la "legítima defensa privilegiada" se regule por el Código de Justicia Militar y no el penal.
"Es conveniente tener reglas precisas para evitar riesgos futuros. La manera en cómo están redactadas esas normas de legítima defensa privilegiada genera condiciones de riesgos y de apreciación subjetiva", señaló Cordero.
"En nuestra opinión, hay que establecer ocupar las reglas del uso de la fuerza que se encuentran en ese Código (Militar), más un par de referencias específicas sobre la racionalidad de la misma".
"La propuesta que aprobó la Cámara es casuista y el problema que tiene el casuismo es que, más que aperturar, cierra".
"Tiene una condición subjetiva de apreciación discrecional por parte de quien utiliza el arma y para eso lo razonable es establecer estandarizaciones más precisas", sentenció.
Ley Naín-Retamal: ¿Qué es la legítima defensa privilegiada?
Esta arista invoca la presunción del uso justificado de armas de servicio y otros medios de defensa por parte de uniformados, cuando esté en riesgo su integridad física, su vida, o la de otra personas en estos casos:
- Cuando sufra una agresión mediante amenaza de armas (blanca o de fuego) que pueda provocar la muerte o lesiones corporales graves.
- Cuando el funcionario sea agredido por un grupo de dos o más personas y que corra riesgo su vida.
- También en caso de que el funcionario policial trate de impedir la consumación de ciertos delitos de gravedad.