En las últimas horas el Tribunal Constitucional declaró inconstitucional el artículo 318 del Código Penal, que impone sanciones penales a las personas que cometan infracciones sanitarias.
El fallo hace referencia a un caso de Aysén, y en específico el artículo expone que “el que pusiere en peligro la salud pública por infracción de las reglas higiénicas o de salubridad, debidamente publicadas por la autoridad, en tiempo de catástrofe, epidemia o contagio, será penado con presidio menor en su grado mínimo o multa de seis a veinte unidades tributarias mensuales”.
El Ministro vocero de Gobierno, Jaime Bellolio, comentó la resolución adelantando que buscarán otras instancias para enfrentar el momento sanitario que vive el país:
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Además, el ministro hizo un llamado a la responsabilidad, indicando que lo que se necesita es que las personas tomen todos los resguardos necesarios para cuidarse y cuidar a los suyos, más allá de los castigos, sumarios y otras acciones que se puedan tomar en el futuro.