Desde este 1 de agosto se comenzará a recaudar el IVA a al menos 110 comercios digitales extranjeros, entre ellos las plataformas de streaming y otros servicios. Esto a raíz de la Ley N°21.210, vigente desde 2020, que moderniza la legislación tributaria.
Según indicó el Servicio de Impuestos Internos (SII) se trata de “cambio de sujeto total y la calidad de agente retenedor de IVA a los emisores de pago (bancarios y no bancarios)”.
El SII destaca que esta obligación tributaria es solo para aquellos contribuyentes extranjeros, no presenten domicilio ni residencia en Chile y que presenten servicios remotos para ser utilizados en territorio nacional.
Debido a esta ley es que aplicaciones como Netflix, Spotify y servicios como Wordpress, deberán recargar y recaudar el IVA.